Ensayos prospectivos: Los (tres) escenarios de La Haya

Abecor
Un excanciller y dos internacionalistas realizan una proyección sobre los posibles escenarios que resulten de la decisión que tome la Corte Internacional de Justicia sobre la objeción planteada por Chile, el próximo 24 de septiembre.

"Usted, boliviano, ¿dónde estará el 24 septiembre a las 9:00, cuando se conozca el fallo de La Haya?" Fue una pregunta que circuló en las redes la semana cuando la Corte Internacional de Justicia (CIJ) anunció la fecha en que dará su veredicto sobre si es competente para resolver la demanda planteada por Bolivia.

El tuit corresponde al cineasta Diego Mondaca y expresa cómo, propios y extraños, están atentos a la decisión que tomará La Haya. No es para menos, desde que Bolivia decidió presentar la demanda contra Chile, el 24 de abril de 2013, las reflexiones, debates y conjeturas están circunscritas en torno a la causa jurídica.

Los especialistas en el tema explicaron que hay tres posibilidades de fallo por parte de la Corte. En ese marco, la primera es que La Haya acepte la excepción planteada por la defensa chilena; la segunda, que la rechace; y la tercera, que difiera la determinación para más adelante, para cuando tenga los elementos suficientes para emitir su decisión.

Ideas recurrió a un excanciller y dos internacionalistas para analizar cada posibilidad. El excanciller Agustín Saavedra Weise y la internacionalista Karen Longaric proyectan en estas páginas cada uno de los escenarios posibles.

"Existe sólida base jurídica para que la Corte rechace la excepción chilena, esto en virtud a que la demanda judicial boliviana se sustenta en la figura jurídico internacional de los actos unilaterales de los Estados, cuestión enmarcada en el artículo 36 del Estatuto de la CIJ", expresa Longaric.

De todos, el menos deseable es que la CIJ acepte la objeción. En tal caso, el excanciller Saavedra afirma que "ése no será el fin del mundo ni se tratará de derrota alguna", dado que "Bolivia seguirá por otros caminos presentando su legítima demanda ante la comunidad internacional".

El internacionalista Fernando Salazar propone reflexionar sobre cuestiones de fondo que no están en la esfera de debate.

Este abogado propone analizar la falta de coercibilidad en el cumplimiento del fallo de la CIJ en caso de que Chile se niegue a cumplir la decisión; y la posición negociadora boliviana si es que Chile accede a negociar. "Hemos solicitado una negociación y ello implica un toma y daca. Le pedimos algo a Chile y debemos estar preparados para dar algo a cambio. ¿Lo estamos?", pregunta.






  

Los escenarios
¿Cuál es el escenario si La Haya se declara competente?

¿Qué se viene si la CIJ acepta la excepción de Chile?

¿Qué pasará si los jueces deciden que se pronunciarán durante el proceso?
Karen Longaric, internacionalista
Si se da esta situación y la Corte se declara competente, inmediatamente fijará los plazos para la continuación del procedimiento de fondo y señalará fecha para que Chile presente la contramemoria, documento que probablemente negará los hechos expuestos por Bolivia y objetará los fundamentos de derecho esgrimidos por ésta. Acto seguido y desde su percepción Chile expondrá los hechos y los fundamentos de derecho que sustentan su propia tesis y finalmente expondrá sus conclusiones.
La Corte, luego de tomar conocimiento de la contramemoria chilena -si considera útil- de oficio o a petición de parte, podrá determinar la presentación de una réplica y una dúplica, actuados que expondrán los puntos que aún separan a las partes litigantes. Concluido el procedimiento escrito, la CIJ fijará la fecha de la apertura de los alegatos orales o su alzamiento. Agotada la fase escrita, la fase oral y otros actuados procesales de rigor, la Corte deliberará y dictará el fallo judicial, el cual será definitivo e inapelable; sin embargo, en caso de duda sobre su alcance, cualquiera de las partes podrá solicitar la interpretación del mismo. En caso de renuencia al cumplimiento del fallo, existen medidas de carácter coercitivo contempladas tanto en el Pacto de Bogotá como en el Reglamento de la CIJ.
En caso de que la Corte acepte la excepción preliminar planteada por Chile y se declare incompetente por considerar que la demanda boliviana vincula al Tratado de 1904 o al Tratado de 1929, encontrándose incursa en las limitaciones establecidas por el artículo VI del Pacto de Bogotá, la Corte declarará terminada la controversia y Bolivia no podrá intentar una nueva acción ante dicho tribunal por el mismo asunto.


Si la Corte considera que la excepción planteada por Chile no tiene un carácter exclusivamente preliminar, puede postergar su pronunciamiento para más adelante hasta obtener mayores elementos de juicio que le permitan pronunciarse sobre la viabilidad o no de dicha excepción. Esta decisión obliga a la Corte a retomar el proceso de fondo en los términos descritos inicialmente, para cuyo efecto fijará fecha para que Chile presente la contramemoria. La decisión de la Corte de postergar el pronunciamiento sobre la excepción de falta de competencia de ninguna manera anticipa un criterio sobre el fondo de la demanda.
Agustín Saavedra, Excanciller
En el primer escenario la labor de la CIJ sigue el camino trazado y nosotros como Bolivia seguiremos también hacia adelante. Al mismo tiempo deberemos confiar que sobre la base de nuestros sólidos argumentos y presentaciones, la Corte se pronuncie a favor del pedido boliviano, que falle a favor de la obligación que tiene Chile de negociar de buena fe una salida soberana de Bolivia al mar, tal como lo ha prometido en el pasado en varias ocasiones. Este proceso puede durar un tiempo, no me atrevo a fijar fechas aproximadas, pero tal vez en el 2016 tengamos una respuesta.
En el segundo escenario y si se acepta la objeción preliminar de Chile, al declararse incompetente la CIJ, obviamente el caso se cierra, pero no será el fin del mundo ni se tratará de derrota alguna. Bolivia seguirá por otros caminos presentando su legítima demanda ante la comunidad internacional. Al mismo tiempo, en algún momento se tendrá que reabrir el diálogo con Chile mediante los canales diplomáticos tradicionales y a los fines de posibilitar el logro de entendimientos bilaterales constructivos que nos lleven al mar. Hay muchos caminos para seguir, no hay que desfallecer, reitero.
Si la CIJ decide ver el tema de la objeción al final, será un camino más incierto, pero igual hay que continuar con tesón y energía. Nuestra causa es fuerte y legítima, se trata de un caso de moral internacional que tiene además sólidas bases jurídicas, políticas y diplomáticas. El mundo le debe a Bolivia una reparación histórica por ser el único país del globo privado a la fuerza de su salida soberana al mar. Por encima de la política del poder de la ONU debe imponerse un natural sentido de equidad y de justicia, si es que este mundo realmente aspira a ser mejor a dos décadas ya del tercer milenio.



ARTÍCULO:

Futurología y anticipación política

Fernando Salazar Paredes
Independientemente de su posición política, Henry Kissinger es, sin duda uno de los más influyentes internacionalistas contemporáneos. Según sus observaciones, en materia internacional, “estamos tan ocupados resolviendo lo urgente que, a menudo, nos olvidamos de lo importante”.
 

Guardando las necesarias distancias, algo de esto es lo que está pasando con el tratamiento del denominado problema marítimo.
 

La futurología, que muchas veces se abrevia como PPP –lo posible, lo probable, lo preferible– es la disciplina basada en el método científico que estudia el futuro para comprenderlo y poder influir en él.
 

La anticipación política es un método de la futurología que busca prever el futuro mediante su comprensión y la correcta evaluación de las fuerzas de los distintos actores que influyen sobre él.
 

Todos, sin excepciones, esperamos que la CIJ se declare competente y que se prosiga el tratamiento de fondo de la demanda y se llegue a una definición que será definitiva, inapelable, obligatoria, vinculante y a perpetuidad.
 

Todos, sin excepciones, esperamos que la CIJ falle y declare que Chile tiene la obligación de negociar con Bolivia con el objeto de alcanzar un acuerdo que otorgue a Bolivia un acceso plenamente soberano al Océano Pacífico.
 

Considero procedente, si se diera este escenario –el mas favorable para nuestro país–, realizar un ejercicio de futurología y anticipación política para estar preparados adecuada, efectiva y eficientemente para poder realizar una gestión apegada a nuestros intereses. En otras palabras, identifiquemos algunas variables o riesgos que nos permitan influir en lo posible, lo probable y lo preferible a partir de la decisión positiva de la Corte, convirtiéndola en un instrumento idóneo para alcanzar nuestro propósito final.
 

De entre los varios elementos que influyan en ese momento hay dos que son relevantes y sobre los cuales es necesario trabajar desde ahora a manera de una anticipación política que nos permita influir en el futuro escenario post La Haya.
 

Estos son: la ausencia de coercibilidad en el cumplimiento de las decisiones de la CIJ en caso de que Chile se niegue a cumplir la decisión y la posición negociadora boliviana en caso de que Chile se avenga a la negociación.

En el segundo caso, debemos estar conscientes que hemos solicitado una negociación y ello implica un toma y daca. Le pedimos algo a Chile y debemos estar preparados para dar algo a cambio. ¿Lo estamos?
 

En el primero, si Chile se niega a acatar un fallo contrario a sus intereses –hay indicios sobre ello– cuál será el camino a adoptarse, no para denunciar a Chile por esta actitud, sino para proseguir con nuestra búsqueda de reconocimiento efectivo de nuestro derecho de contar con una salida soberana al Pacífico.
 

Perú inició la preparación de su demanda ante La Haya con una anticipación de casi treinta años… resulta obvio que su anticipación política dio positivos resultados.

 

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